El decomiso se llevó
a cabo en virtud de la Orden de Allanamiento, Registro y
Secuestro No. 24538-ME-13, otorgada por jueza de la Oficina Judicial
de Servicio de Atención Permanente del Distrito Judicial de Santo Domingo,
Licda. Josef
ina Ubiera Guerrero, en fecha 16 de octubre del 2013.

El producto, decomisado en el Puerto Multimodal
Caucedo, supuestamente sería exportado por la empresa Día a Día Marisco
Trading SRL y tenía a la República de China como destino final.
La Procuraduría para la Defensa del Medio Ambiente,
que dirige el magistrado Andrés Chalas, informó que el lambí fue
confiscado por el procurador general de esa entidad, José Espinal Beato, quien
estuvo acompañado por representantes del CODOPESCA y efectivos del Ministerio
de Defensa y la Policía Nacional.
El decomiso se llevó a cabo en virtud de
la Orden de Allanamiento, Registro y Secuestro No. 24538-ME-13,
otorgada por jueza de la Oficina Judicial de Servicio de Atención
Permanente del Distrito Judicial de Santo Domingo, Licda. Josefina Ubiera
Guerrero, en
fecha 16 de octubre del 2013.
El hecho punible
está tipificado como delito en el artículo 80 literal h
de la Ley 307-04 y conlleva sanción de multa desde diez 10 a
doscientos 200 sueldos mínimos del sector público y/o prisión de 2 a 10 años.
El caso se encuentra
en fase de investigación y los responsables serán sometidos a la acción de la
Justicia.
Los instrumentos jurídicos aplicables para la
persecución y sanción de la pesca ilegal del Strombus gigas (lambí) en nuestro
país son la Constitución, la Convención sobre el Comercio Internacional de
Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES), la Ley 307-04 que crea
el Consejo Dominicano de Pesca y Acuicultura, la Ley 64-00 sobre Medio Ambiente
y Recursos Naturales, así como el Decreto 499-09.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario