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lunes, 13 de abril de 2026
EN ALLANAMIENTOS SIMULTÁNEOS OCUPAN MÁS DE 600 LIBRAS DE PRESUNTA MARIHUANA
La mente que decide
La mente que decide
Por
Homero Luis Lajara Solá
El sabio español Santiago Ramón y Cajal dejó una enseñanza que trasciende siglos: “Todo hombre puede ser, si se lo propone, escultor de su propio cerebro.”
La historia universal confirma esta verdad. Alejandro Magno no heredó la grandeza: la forjó bajo la disciplina de Aristóteles. Napoleón Bonaparte convirtió el estudio y la organización mental en arma estratégica. Y Horatio Nelson, en la Batalla de Trafalgar, demostró que la claridad de pensamiento en medio del caos decide el destino de las naciones.
En el mar —como en la historia— no basta con portar el uniforme; hay que forjar la mente que lo honra. La disciplina, la repetición y el dominio interior convierten al hombre común en un profesional confiable bajo presión.
Un marino sin control mental es como un buque sin timón: puede tener potencia, pero no rumbo. En cambio, quien entrena su carácter desarrolla reflejos firmes, criterio claro y temple en la adversidad.
Así como el escultor talla la piedra con paciencia, el militar moldea su pensamiento con estudio, rigor y voluntad. No hay grandeza improvisada: la historia lo confirma.
Porque al final, el verdadero poder no está en el arma que se empuña, sino en la mente que decide cuándo y cómo usarla.
domingo, 12 de abril de 2026
Base Aérea Puerto Plata, se mantienen desplegados en apoyo a la población afectada por las lluvias en la provincia.
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Rafael Santos califica de normal montaje de elecciones en Perú, pese a complejo proceso con 35 candidatos
Santos encabeza la Misión Internacional de Observación Electoral de la COPPPAL
Lima, Perú.- El jefe de la Misión de Observación Electoral Internacional de la Conferencia Permanente de Partidos Políticos de América Latina y el Caribe (COPPPAL), Rafael Santos Badía, calificó de "normal" el montaje de las elecciones generales en Perú, a pesar de la complejidad de un certamen en el que se elegirá un nuevo Gobierno de entre 35 candidatos presidenciales, uno por cada organización registrada ante la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE).
Los ciudadanos peruanos acuden a las urnas este domingo para elegir presidente, vicepresidentes y a los integrantes de un Congreso que, a partir del próximo mes de julio, adoptará un sistema bicameral compuesto por 190 representantes: una Cámara de Diputados con 130 miembros y un Senado con 60 legisladores, además de los representantes ante el Parlamento Andino.
Santos Badía señaló que, aunque fuera del Perú se percibe cierta inestabilidad, la nación muestra fortaleza institucional, crecimiento económico y un sistema electoral confiable.
"A mí, francamente, me ha sorprendido la normalidad, a pesar de ser un proceso electoral con 35 aspirantes", indicó.
Asimismo, resaltó la importancia de que se instaure nuevamente el Congreso bicameral, lo que consideró vital para otorgar mayor legitimidad a las leyes aprobadas.
En Perú, el voto es obligatorio para los mayores de 18 años inscritos en el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC).
Santos quien fue designado por el presidente de la COPPPAL, senador Alejandro Moreno, precisó que la existencia de 35 partidos no es el inconveniente, sino la complejidad que representa para el escrutinio tener 35 candidatos presidenciales. Comparó esta situación con la República Dominicana, donde existen 36 partidos, pero las alianzas reducen el número de candidaturas y facilitan el conteo.
"La complejidad de la boleta debe ser explicada para que los ciudadanos ejerzan su derecho al voto sin contratiempos. En un certamen donde votar es obligatorio, se espera una participación masiva", afirmó Santos.
Advirtió además que el tamaño del "boletón" electoral podría confundir al elector: "En las horas que quedan, los medios y el personal de la ONPE deben orientar a la población para evitar un elevado número de votos nulos".
Para estas elecciones, el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) confirmó la cifra récord de 35 candidatos, destacando en las encuestas Keiko Fujimori (Fuerza Popular), el comediante Carlos Álvarez (País Para Todos) y el empresario Rafael López Aliaga (Renovación Popular).
El también ministro de Educación Superior, Ciencia y Tecnología dominicano está acompañado en esta misión de observación por otros miembros de la COPPPAL, además de los rectores José Alejandro Aybar, canciller de la Universidad del Caribe UNICARIBE; José Ramón Holguín, rector del Instituto Técnico Superior Comunitario ITSC; y Maira Morla Pineda, directora del Instituto Nacional de Formación Técnico Profesional INFOTEP.
Sobre la COPPPAL
La Conferencia Permanente de Partidos Políticos de América Latina y el Caribe (Copppal), nació en 1979 en México, bajo el liderazgo del mexicano Gustavo Carvajal Moreno del PRI y José Francisco Peña Gómez líder político de República Dominicana y 20 líderes latinoamericanos, entre ellos el brasileño Leonel Brizola, Jaime Roldos de Ecuador, Omar Torrijos de Panamá, libre Seregni de Uruguay, Víctor Raúl Haya de la Torre, Jaime Paz Zamora y Víctor Paz Estensoro de Bolivia, Rubén Berrios de Puerto Rico, Betico Croes de Aruba, entre otros destacados líderes de la región.
Nace como una organización que lucha contra las dictaduras, la defensa de la democracia de nuestros países, la soberanía y la libre autodeterminación de nuestros pueblos.
Hoy nuestra organización está integrada por 78 partidos políticos de 30 países y tenemos una alianza trilateral con la Conferencia de Partidos Asiáticos (ICAPP) integrado por 400 partidos y La Conferencia de Partidos Africanos (CAF) compuesta por 88 partidos, por lo que formamos una trilateral de más de 500 partidos en el mundo.
El reto de estas elecciones es garantizar la gobernabilidad e institucionalidad del Perú. Que las elecciones garanticen no solo el acceso al poder, sino también el ejercicio del poder.
La Copppal ha jugado desde 1979 un papel de mediación política en el Perú y acercando a las partes para la solución pacífica de las controversias.
La misión de la copppal empieza en las elecciones de este 2026 pero seguiremos apoyando la construcción de acuerdos como lo hicimos en 2021 para que la situación política no se desbordara.
El APRA y el partido Humanista peruano forman parte de Copppal y tenemos otras 3 peticiones de ingresos que serán resueltas por la comisión de admisiones.
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sábado, 11 de abril de 2026
Comandante General de la Armada recibe visita del Director Ejecutivo de Bienes Nacionales
Sentencias de tribunales han favorecido consistentemente a Franasyl, S.R.L., y al periodista Dany Alcántara, respecto de su titularidad sobre el Canal 3 Virtual.
Telemicro cae con octava derrota ante tribunales e Indotel por Canal 3 Virtual
Mediante sentencia núm. 0030-02-2026-SSEN-00175, dictada recientemente por la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA), el 24 de marzo del 2026, se declaró “improcedente” la Acción de Amparo de Cumplimiento interpuesta por la sociedad Corporación de Televisión y Microondas Rafa, S. A. (Telemicro), contra el Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel), Franasyl, S.R.L., y como interviniente forzosa ACD Media, S.R.L. y Catorce TV, S.R.L.
Ya antes con lasentencia núm. 0030-03-2025-SSEN-00573, dictada por la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA), el 20 de noviembre del 2025, igualmente se declaró “improcedente” otra Acción de Amparo de Cumplimiento interpuesta por Telemicro, contra las mismas partes indicadas.
Con esta nueva sentencia, se completa la octava derrota a Telemicro, donde nuevamente pretendía “sin ningún derecho” otorgado por el órgano regulador y supervisor de las telecomunicaciones en el país Indotel o tribunal alguno, que mediante acción de amparo se ordenara la suspensión de promoción, uso, transmisión y retransmisión del Canal 3 Virtual que viene realizando con toda normalidad su titular y dueño Franasyl, S.R.L. y el periodista Dany Alcántara.
Apenas en noviembre se conoció la sentencia núm.0030-04-2025-SSEN-00740, dictada por la Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA), con fecha 25 de noviembre del 2025, que rechazó en todas sus partes el recurso contencioso administrativo interpuesto por Telemicro contra la Resolución núm.080-2022, del Consejo Directivo del Indotel.
Igualmente existen otras sentencias como la núm.SCJ-TS-25-2023, dictada por la Suprema Corte de Justicia (SCJ), el 26 de febrero 2025; así como la sentencia núm. 0030-01-2025-SSMC-0005, de la presidencia del Tribunal Superior Administrativo (TSA), de fecha 10 de junio del 2025, sobre solicitud de adopción de medidas cautelares por Telemicro, teniendo perdida esta última en ambas decisiones.
Además, la sentencia civil núm. 504-2025-SORD-1640, de la presidencia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, del 3 de septiembre 2025, de una demanda en referimiento que le fue rechazada en su justa dimensión, el cual procuraba la suspensión del lanzamiento del Canal.
Asimismo se identifica la Resolución núm. 050-2022, dictada por el Consejo Directivo del Indotel, el 26 de mayo de 2022, que rechazó la solicitud de reconocimiento del uso del Canal 3 a Telemicro. Igualmente la Resolución núm. 080-2022, dictada por dicho Consejo en fecha 22 de agosto del 2022, que rechaza un recurso de reconsideración interpuesto por Telemicro y confirma la Resolución núm. 050-2022.
Todo esto, sin mencionar tres resoluciones del propioConsejo Directivo del Indotel que dieron la titularidad y derecho del Canal 3 Virtual a Franasyl, S.R.L., como la Resolución núm. 132-2024, que aprueba la reasignación del Canal 3 Virtual. Así como la Resolución núm. 133-2024, del listado oficial de canales virtuales asignados; y la Resolución núm.143-2024, que otorgó licencia que ampara el derecho de uso para operar el servicio de Televisión Terrestre Digital (TTD) a través del Canal 3 Virtual en todo el Territorio Nacional.
Finalmente, es un derecho firme y consolidado de Franasyl, S.R.L. Ahora solo quedaría por conocer un recurso de casación interpuesto por Telemicro contra la sentencia de la Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA), que corresponde conocer a las Salas Reunidas de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) por tratarse de un segundo recurso de casación, el cual no cabe duda alguna, que su decisión seguirá por el mismo derrotero y trayecto jurídico de los tribunales que han conocido.
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