Autor Mayor General Piloto Israel A. Díaz Peña, FAD (DEM
4.1. Riesgo sísmico de acuerdo a la UNDRO y la UNESCO
· AMENAZA O PELIGRO (HAZARD - H), definida como la probabilidad de ocurrencia de un evento potencialmente desastroso durante cierto período de tiempo en un sitio dado.
· VULNERABILIDAD (V), como el grado de pérdida de un elemento o grupo de elementos bajo riesgo resultado de la probable ocurrencia de un evento desastroso, expresada en una escala desde 0 o sin daño a 1 o pérdida total.
· RIESGO ESPECÍFICO (SPECIFIC RISK -RS), como el grado de pérdidas esperadas debido a la ocurrencia de un evento particular y como una función de la Amenaza y la Vulnerabilidad.
· ELEMENTOS BAJO RIESGO (E), como la población, las edificaciones y obras civiles, las actividades económicas, los servicios públicos, las utilidades y la infraestructura expuesta en un área determinada.
· RIESGO TOTAL (TOTAL RISK - Rt), como el número de pérdidas humanas, heridos, daños a las propiedades y efectos sobre la actividad económica debido a la ocurrencia de evento desastroso, es decir el producto del Riesgo Específico (Rs) y los elementos bajo riesgo (E). La evaluación del riesgo puede llevarse a cabo mediante la formulación general:
Rt = (E)(Rs) = (E)(H .V)
El riesgo, se obtiene de relacionar la amenaza, o probabilidad de ocurrencia de un fenómeno de una intensidad específica, con la vulnerabilidad de los elementos expuestos. Por lo tanto, el riesgo puede ser de carácter geológico, hidrológico, atmosférico o, también, tecnológico, dependiendo de la naturaleza de la amenaza a la cual está referido.

Adicionalmente, es común que el riesgo sea estimado solamente en términos físicos, dado que la vulnerabilidad social es difícil de evaluar en términos cuantitativos, no con esto queriendo decir que no sea posible estimar, para estos casos, en forma relativa o mediante indicadores "riesgos relativos", que igualmente permiten tomar decisiones y definir prioridades de prevención y mitigación.
De otra parte, una vez evaluado el riesgo y teniendo en cuenta que no es posible reducirlo a cero, para efectos de la planificación y el diseño de obras de infraestructura y de protección es necesario definir un nivel de "riesgo aceptable", o sea un valor admisible de probabilidad de consecuencias sociales y económicas que, a juicio de las autoridades que regulan este tipo de decisiones, se considera lo suficientemente bajo para permitir su uso en la planificación física, la formulación de requerimientos de calidad de los elementos expuestos o para fijar políticas socio-económicas afines.
4.2 Plan de Gestión de Riesgo
El Plan Nacional de Gestión de Riesgos es una estrategia de Gobierno que orienta el accionar del Sistema Nacional de Prevención, Mitigación y Respuesta ante desastre naturales, como el sismo, con el fin de logar sus objetivos. En ese sentido sus alcances son:
· Establecer los principios y programas básicos para la gestión de riesgo en el territorio de la República Dominicana.
· Definir prioridades y pautas para la ejecución de los distintos programas; y
· Delinear los roles y responsabilidades de las instituciones y los organismos que integran el Sistema Nacional de Prevención, Mitigación y Respuesta ante desastre.
Este Plan Nacional de Gestión de Riesgo para efectos de consistencia tiene vínculos y contempla la incorporación de productos de trabajos paralelos que se encuentran en proceso, tales como:
· El diseño del sistema nacional de prevención, mitigación y respuesta ante desastres.
· El desarrollo del sistema nacional de información ambiental.
· La actualización del plan nacional de emergencia.
· El desarrollo de los procedimientos de alerta.
· El montaje del centro de operaciones de emergencia.
· La formulación de la estrategia de divulgación e información pública
· Los planes de capacitación institucional; y
· El plan de educación ciudadana; y su articulación con: El Plan de ordenamiento territorial; los planes de desarrollo urbano y los programas de gestión ambiental.

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