Por Felix Pujols Jerez.
La regulación es una decisión de Estado. Son los poderes públicos, no solo
el Ejecutivo, quienes deben decidir, en cuáles actividades de la economía
deciden intervenir, ya que existen diferentes formas y niveles de intervención.
Por ejemplo, la creación de leyes, a través de la cual se crean entes públicos
u organismos reguladores sectoriales, con potestades públicas de investigación,
vigilancia y supervisión, planificación, reglamentación, sanción, etc.,
respecto del sector que se pretende intervenir. Y es que la razón de la
regulación económica de los mercados es siempre la corrección de las
denominadas fallas del mercado, para hacer los mercados más eficientes, que beneficie
a los consumidores, aportando además, al desarrollo económico y social, y al
bienestar general de la Nación.
El fundamento jurídico de la regulación del mercado inmobiliario se
encuentra en nuestra Constitución, entre otros, en los principios y valores en
que se sustenta la Nación dominicana, en el estado social y democrático de
derecho, en la función esencial del Estado, en la garantía de derechos los
fundamentales, los derechos del consumidor y el derecho a una vivienda digna,
razones por las que el Estado debe ejercer su función de garante del
interés general mediante todas sus potestades.
Reconociendo la importancia que representa el sector inmobiliario para la
economía, el valor de la tierra y la vivienda, -no sólo para los agentes del
mercado, sino en sentido amplio, para las familias dominicanas-, para los
operadores del sistema, los promotores de viviendas, las constructoras e
inmobiliaria, es también, el interéssocial y económico del tema, que requiere
una intervención del Estado; no obstante, hacemos un enfoque con
discriminación positiva, es decir, desde el punto de vista de la protección del
consumidor, no refriéndonos a las reglas para la competencia de los agentes del
mercado, que también es un tema de regulación económica.
Las fallas son variadas, por ejemplo: condiciones desiguales en los
contratos inmobiliarios en perjuicio de los adquirientes, sin que el consumidor
tenga posibilidad de cambiar sustancialmente las cláusulas de estos contratos,
convirtiéndose en contratos de adhesión. Estafas en las ventas de proyectos en
plano y venta de terrenos. Incumplimiento de la garantía por vicios y defectos
de construcción. Incumplimiento del plazo de entrega de la vivienda y del
título de propiedad. Irregularidades con el financiamiento. Variación de
múltiples condiciones pactadas, tales como: reducción del metraje del
apartamento o vivienda (tamaño y distribución de los espacios), de los
materiales y tipo terminación, tamaño y ubicación de los parqueos, áreas
comunes, publicidad engañosa sobre las promesas de servicios adicionales, como
personal permanente de seguridad, instalación y funcionamiento de ascensores,
planta eléctrica, entre otros.
Detectadas las fallas del mercado
inmobiliario, lo correcto sería una regulación sectorial, mediante la creación
de un organismo público especializado, que le concedan potestades
reglamentarias para establecer las condiciones para quienes participen como
agente económico del sector, para hacer estudios económicos, y
consecuencia, garantizar la protección de los intereses económicos de los
adquirientes de los distintos productos inmobiliarios, en coordinación con Pro
Consumidor y Pro Competencia. Esto, sin dudas, generará confianza en el sector,
mejorando el clima de inversión, atrayendo nuevos inversionistas y promoviendo
la participación del empresario local, mejorando la seguridad jurídica e
impactando positivamente en el crecimiento económico, y por qué no,
incrementando las recaudaciones para el gobierno.
Felix Pujols Jerez
“El autor es
abogado con especialidad en economía y derecho de consumo”

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