Por:
Freddy E. Núñez M.
Nuestro país ha estado bombardeado en los últimos
meses por una cantidad increíble de información a favor y en contra de la
sentencia del Tribunal Constitucional 168/13, que como una magistral obra
jurídica, puso muy en claro como debe ser asumida la ciudadanía dominicana
desde cualquier condición, pero algo que ha creado la discusión sucedánea sobre
el tema, es una fisura en los conceptos patriotismo y nacionalismo en una
cantidad considerable de ciudadanos y ciudadanas, que en muchos casos se ha
mezclado con sentimientos humanos primarios, haciendo que se asuman posiciones
extremas que pueden llevar a la ausencia de reflexión y por tanto a la
definición de una opinión particular incorrecta y no acorde con la realidad
jurídica y legal del país, que al final es lo más importante.
Por eso hemos querido plasmar en este artículo lo que
significa cada concepto y como debe ser entendido cada uno en el contexto del
tema que nos ocupa: La Sentencia del Tribunal Constitucional.
Según el Diccionario de la Real Academia de la Lengua
Española, (DRALE) NACION
es: “Conjunto de los habitantes de un país regido por el mismo gobierno,
Territorio de ese país, Conjunto de personas de un mismo origen y que
generalmente hablan un mismo idioma y tienen una tradición común”, creo que esa definición define a la
nación Dominicana sin ningún tipo de duda, no obstante, lo más importante
de esta definición es que las personas que forman una nación tienen el mismo
origen, el mismo idioma, la misma cultura, con todo lo que esta última
representa, así una nación puede no estar en un mismo territorio y ser una
nación, pueden no tener el mismo gobierno y ser una nación, lo cual no es
nuestro caso.
Según el mismo DRALE, define al ESTADO como: “Porción de territorio cuyos
habitantes se rigen por leyes propias, sometidos a las decisiones de un
gobierno común”, lo más significativo de esta definición es que el
concepto Estado está referido a un territorio, y que el mismo se rige por leyes
y lo administra un gobierno, lo cual nos indica que el Estado es un término
Jurídico, formulado y aplicado a un territorio y sus habitantes, es decir su
ciudadanía.
Por otro lado, el DRALE nos dice que CIUDADANIA es: “Cualidad
y derecho de ciudadano, conjunto de los ciudadanos de un pueblo o nación,
comportamiento propio de un buen ciudadano”, como
puede observarse todas las acepciones del término están referidas a lo que es
un Ciudadano, el cual se
define en el DRALE como: “habitante de las ciudades antiguas o de Estados
modernos como sujeto de derechos políticos y que interviene, ejercitándolos, en
el gobierno del país”, la frase clave es “derechos políticos”, la ciudadanía,
que la constituyen los ciudadanos está referida a derechos políticos, los
cuales obviamente están determinados por las leyes, que son las que conforman
el Estado y su gobierno, el cual administra la nación.
Ahora bien que es la PATRIA: “Tierra natal o adoptiva ordenada
como nación, a la que se siente ligado el ser humano por vínculos jurídicos,
históricos y afectivos”, podemos
observar en esta definición que el ciudadano (individuo) se vincula a la patria
por medio de un sentimiento (a la que se siente ligado el ser humano) el cual
puede tener uno o varios orígenes, jurídico, histórico o afectivo, y que el
ordenamiento “nación”, con base en leyes, idioma y cultura, es el objetivo de
esos sentimientos.
Luego de ver los diferentes significados que da el
Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española (DRALE), podemos colegir
que un NACIONALISTA: “es aquel que defiende la ideología que atribuye entidad
propia y diferenciada a un territorio y a sus ciudadanos, y en el que se fundan
aspiraciones políticas diversas, pero gozando siempre de independencia en sus
órganos rectores, dándose sus propias leyes y defendiendo lo natural de una
nación y cuanto le pertenece”, en cambio un PATRIOTA “es aquel que
tienen amor a su patria (al territorio que se siente sentimentalmente
vinculado), la diferencia de estos dos termino está en las Leyes, el primero
defiende el uso de las leyes que conforman el estado y de las que hace uso el
gobierno y sus diferentes órganos, para administrar la nación y su territorio,
denominado también país, y el segundo es un sentimiento, es cuando una
persona tiene amor a su patria y procura todo su bien.
En el contexto de la discusión por la Sentencia del
Tribunal Constitucional, un órgano del Estado, jurídicamente legitimo para
dictar dicha sentencia, la cual tiene su base en las leyes vigentes antes
y durante sucedieron los hechos que juzga, y ahora el poder ejecutivo, órgano
del gobierno del Estado, que debe acatar sin ningún tipo de subterfugio lo
dictado por el Tribunal Constitucional, según establece la Carta Magna que da
origen a la Nación, al País, y el Estado Dominicano, yo me pregunto ¿Cuál debe
ser el perfil de los Nacionalistas y los Patriotas en este contexto?, ¿Si
alguien no procura el bien para su nación NO es patriota?, ¿Los que están en
contra de la sentencia que define la nacionalidad Dominicana, y defiende la
soberanía del Estado Nacional, son antinacionalistas o antipatriotas?,
los términos y significados están ahí, las conclusiones son vuestras.
El autor
es Politólogo
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@frenumi
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