La procuradora fiscal titular del Distrito Nacional, Yeni
Berenice Reynoso, reiteró que el acuerdo y las declaraciones juradas dadas por
la condenada Sobeida Félix Morel nunca formaron parte del proceso seguido en su
contra y que es falso que a su llegada a la Fiscalía se las hayan entregado o
que reposaran en los archivos de su despacho.
Es preciso señalar que el Código Procesal Penal establece
tres tipos de acuerdos, a saber: suspensión condicional del procedimiento, un
penal abreviado pleno o parcial. En estos tres casos los acuerdos deben ser
sometidos a la validez de un juez de juicio o de la instrucción según la etapa procesal.
“En el caso de la especie, el referido acuerdo nunca fue
judicializado y no obstante de no cumplir con el rigor que establece la normal
procesal la Fiscalía del Distrito sostiene que cumplirá lo que prometió en el
acuerdo siempre y cuando tenga constancia de la documentación original”
manifestó la magistrada Reynoso.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario