Internacional
NUEVA
YORK.-El director general de Migración, doctor José Ricardo Taveras Blanco, dijo
que la sentencia del Tribunal Constitucional (TC) sobre la nacionalidad de
hijos de extranjeros en situación irregular es una expresión del Estado
dominicano, y “estamos reivindicando nuestro derecho soberano de establecer “cuál
es nuestra política migratoria y cuál es nuestra política de nacionalidad”.
Puntualizó
que tanto la población como sus autoridades se caracterizan en la República
Dominicana por su receptividad y apertura con los extranjeros, por lo que “no
es posible que la desinformación coloque
a la sociedad dominicana en una situación de imagen muy contraria a lo que es
la índole del pueblo y de las autoridades dominicanas”.
Taveras
Blanco se reunió con el cónsul general en Nueva York, Félix Antonio Martínez, a
quien agradeció la invitación para exponer en un conversatorio sobre “Los
alcances de la sentencia emitida por el Tribunal Constitucional en relación a
la nacionalidad de los extranjeros nacidos en la República Dominicana”, en el
salón principal del Consulado, localizado en el 1501 de la avenida Broadway, en
Manhattan.
Sostuvo
que hay una percepción errónea de la proporción de la sentencia del TC y una
campaña descomunal y bestial en torno a un acontecimiento histórico, al extremo
de que la Organización de las Naciones Unidas (ONU) trata de condicionar a la
República Dominicana, y hay organizaciones “que quieren que las ayudas
internacionales lleguen a sus bolsillos”.
Explicó
que no es la Dirección General de Migración que ha planteado definido el tema
sobre la nacionalidad de hijos de extranjeros en situación irregular, sino que
había sido establecido por la Constitución de la República en 1929, y la Ley de
Migración de 1939 y su reglamento número 275.
Precisó
que en esa misma tesitura se continuó cuando fue modificada la Ley de Migración
285/04 y cuando la Suprema Corte de Justicia conoció el primer caso el 14 de
diciembre de 2005 emitió un dictamen en esa misma dirección, por lo que “este
fallo no es nuevo”.
El
director general de Migración dijo que lo único nuevo es que el Tribunal
Constitucional, además de asumir la tesis de la Suprema Corte de Justicia en el
2005, “está diciendo como se va a resolver el problema porque ya la ley lo
había mandado en el 2004”.
Subrayó
que en la legislación del país un acta de nacimiento no le atribuye
nacionalidad dominicana a nadie, sino el hecho de cumplir con las condiciones
que la Constitución establece para poder ser dominicano, y “las declaraciones
de nacimiento tienen un valor declarativo pero no atributivo de nacionalidad”.
“La
sentencia tiene la ventaja de que lejos de colocar a esas personas en un limbo
esta diciéndole al Estado la forma en que tiene que resolver el problema y lo
está refiriendo al Plan Nacional de Regularización de Extranjeros”, proclamó
Taveras Blanco, quien antes de exponer en el Consulado participo en el “Dialogo
de Alto Nivel sobre Sistema Migratorio” en la sede de la ONU, a propósito de la
Asamblea General de ese organismo.
Dijo que
la nación dominicana debe unirse en torno a “una sola visión de este tema por
lo menos abrumadoramente porque el Estado dominicano necesita del concurso, de
la identificación de todos los dominicanos con la definición del tema de la
nacionalidad”.
Defendió
la política migratoria del Gobierno del presidente Danilo Medina Sánchez y enfatizó
en señalar que “no es justo que la imagen de la República Dominicana se
crucifique con una campaña distorsionada y manipulada por sectores
interesados”.
Taveras
Blanco manifestó que la imagen de la nación dominicana es la de un Estado que
esta diciéndole a los extranjeros que se sienten afectados por la situación que “la ley ha
contemplado una solución para su drama (…) y que lo vamos a resolver de ese
modo”.
Reiteró
que lo que ha hecho el Tribunal Constitucional, como ya lo hizo en el pasado
varias veces la Suprema Corte de Justicia, es establecer un estatuto que viene
desde 1929, y exhorto a los dominicanos a tener presente que “en nuestra legislación
la que atribuye la nacionalidad es la Constitución y las leyes”.
La
sentencia del TC critica al Estado porque la Administración del Registro Civil
debió tener desde 1929 un Libro Registro para la declaratoria de nacimiento de
extranjeros en tránsito en la República Dominicana y no mezclar todo. Ahora el
acta declaratoria de nacimiento debe registrarse en el Libro de Extranjería
creado en el 2007, lo que debe ser notificado al Ministerio de Relaciones Exteriores
que a su vez deberá informarlo a la embajada correspondiente.
Taveras
Blanco dijo al respecto que al mismo tiempo la sentencia del Tribunal
Constitucional ordena a Migración darle un status provisional hasta tanto el
Ejecutivo resuelva el Plan Nacional de Regularización de Extranjeros, y el
Consejo Nacional de Migración deberá reunirse en 30 días y ofrecer un
informe al presidente de la República.
Refirió
que el Tratado de Modus Operandi firmado en 1939 por los gobiernos de República
Dominicana y Haití establece que los haitianos que estaban en territorio
dominicano antes de la firma de ese convenio tenían un plazo para regularizar su
situación migratoria o de lo contrario podrían ser deportados.
El artículo
6 de ese acuerdo prohíbe al Estado haitiano y al Estado dominicano documentar a
los ciudadanos de los respectivos países que se encuentren en situación de
indocumentación, por lo que el Estado dominicano lo que tiene que hacer, de
acuerdo con la sentencia del TC es transferir el acta de nacimiento al Libro de
Extranjería, notificar al Gobierno haitiano a través de su legación
diplomática.
Pie de
foto:
NUEVA
YORK.-El cónsul general Félix Antonio Martínez, cuarto de der. a izq., durante
el conversatorio con el director general de Migración, doctor José Ricardo
Taveras Blanco, sobre la sentencia del Tribunal Constitucional en relación a la
nacionalidad de extranjeros nacidos en República Dominicana, en la sede
consular.
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