martes, 3 de julio de 2012

El Consejo del Poder judicial destituyó dos alguaciles tras comprobarse que hacían embargos ilegales

El Consejo del Poder Judicial desvinculó del Poder Judicial a dos alguaciles ordinarios por haber efectuado embargos ilegales en virtud de actas de audiencias que no constituían títulos ejecutorios y sin realizar los trámites de rigor para el uso de la fuerza pública.
Los ministeriales destituidos, luego de conocérseles sus respectivos juicios disciplinarios, son Daniel Estrada, alguacil ordinario de la Novena Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, y Pablo Nelson Camilo, alguacil ordinario de la Cámara Civil y Comercial de la Corte del Departamento Judicial Santo Domingo.
El CPJ tomó la medida en su sesión celebrada el 18 de junio de este año, según hace constar en su acta número 28-2012.
El Código de Comportamiento Ético del Poder Judicial define el Principio de Credibilidad como “cualidad percibida por los demás, compuesta por dos elementos claves: la fiabilidad y la profesionalidad, en la que se exprese e irradie a través de sus actuaciones los valores y principios éticos en cumplimiento de la normativa para generar confianza del usuario y del ciudadano”.              

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