
Autor Ricardo Rojas Vicioso.
Santo Domingo R.D. El juez Roberto Rosario Márquez reconoció que la JCE., no pueden prohibir por mandato constitucional, al Estado las asistencias a los indigentes, como quieren muchas gentes principalmente de los partidos políticos de la oposición.
Santo Domingo R.D. El juez Roberto Rosario Márquez reconoció que la JCE., no pueden prohibir por mandato constitucional, al Estado las asistencias a los indigentes, como quieren muchas gentes principalmente de los partidos políticos de la oposición.
Al tiempo que agradeció y reconoció la cooperación del Gobierno que dijo que se iba a someterse a lo que decía la ley en lo que tiene que ver a la suspensión de actividades de ayudas que coincidan, con actividades políticas, a pesar de que la constitución en su articulo 39 numeral 4 establece que nadie puede prohibir que el Estado garantice la política de solidaridad, subsidiaridad y asistencia alimentaria.
Por lo que la JCE tomaron la resolución que dicho sea de paso si lo autoriza la Constitución de que las actividades políticas, no podían coincidir con las de asistencia social del Estado
En tal razón la Junta Central Electoral fue informada de que en todo el territorio nacional se estarían efectuando actividades proselitistas, lo que no se puede permitir que estas se realicen junto a una de índole humanitaria y alimentarias.
Sito el artículo 109 de la Ley electoral que dice “no se permiten las manifestaciones o reuniones que no sean prevista por la ley”.
Estas previsiones se toman en el entendido de la gran cantidad de personas que se aglomeran en las actividades de asistencia sociales y en especial las alimentarias, poniendo como ejemplo cuando llegan los comedores económicos, donde se hacen largas filas de personas que además ese tumulto entorpecen el transito y el desenvolvimiento normal en la zona donde se realizan.
El juez Roberto Rosario Márquez expresó estas consideraciones en una entrevista en el programa Hoy mismo que se transmite por color Visión.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario