Las órdenes de arrestos
fueron emitidas contra los colombianos Huber Oswaldo Buitrago Ruiz y Ángel
María Buitrago Vacca, quienes recientemente fueron favorecidos con la variación
de la medida de coerción de prisión preventiva al pago de una fianza y
presentación periódica por supuestamente formar parte de una red internacional
vinculada al narcotráfico y al lavado de activos
Santo Domingo.- A solicitud del
Ministerio Público, la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente del
Distrito Nacional, dictó órdenes de arrestos contra los colombianos Huber
Oswaldo Buitrago Ruiz y Ángel María Buitrago Vacca, quienes recientemente
fueron favorecidos con la variación de la medida de coerción de prisión
preventiva al pago de una fianza y presentación periódica por supuestamente
formar parte de una red internacional vinculada al narcotráfico y al lavado de
activos.
Los arrestos fueron
dispuestos mediante las órdenes 1302-2013 y 1302-A-2013, emitida por el juez
Alejandro Vargas Guerrero, donde autoriza al Ministerio Público, a través de la
procuradora fiscal del Distrito Nacional, adscrita al Departamento de Falsificaciones,
magistrada Sandra Castillo Castillo, ejecutar el apresamiento de los hermanos
Buitrago por su presunta violación a las disposiciones de los artículos 147,
153, 154, 265 y 266 del Código Penal Dominicano sobre falsificación de
documentos y asociación de malhechores.
Conforme estableció la
Oficina de la Jurisdicción Permanente, la decisión fue adoptada en virtud de
que existen suficientes elementos de prueba para sostener que los imputados
podrían ser los autores del hecho investigado.
En dichas resoluciones,
el Juez de la Jurisdicción Permanente dispuso que una vez detenidos los
imputados, éstos permanezcan en el departamento en el cual la representante del
Ministerio Público ejerce sus funciones, y que antes de transcurrido el plazo
de las 48 horas, calculados desde el momento del arresto, los mismos sean
presentados por ante el Juez de la Instrucción del Distrito Nacional, a los
fines de que éste como único funcionario judicial competente, decida si
procede su mantenimiento en prisión o en su defecto la puesta en libertad.
Recientemente, la
Segunda Sala de la Cámara Penal de la Corte de apelación del Distrito Nacional
varió la medida de coerción de prisión preventiva impuesta a los imputados, por
el pago de una fianza, consistente en RD$3 millones, así como impedimento de
salida del país y presentación periódica.

No hay comentarios.:
Publicar un comentario