Los argumentos ofrecidos por el Dr.
Leonel Fernández en su reciente discurso a la nación, permiten confirmar
que se han violado la Constitución y las leyes en la generación del mayor
déficit fiscal que ha tenido el país, en toda su historia, desde que se llevan
registros oficiales.
La reducción de los ingresos a la
que alude como una de las causas del déficit, debió llevarlo como presidente de
la República a contraer el gasto y no a aumentarlo, como lo hizo, violando el
artículo 44 de la Ley de Presupuesto que señala que “las apropiaciones aprobadas por el Congreso de la República
constituyen el límite máximo de gasto, sujeto a disponibilidad efectiva de los
ingresos estimados”.
aporte que debe hacerse cada
año al Banco Central para cubrir el
déficit cuasi fiscal tampoco explica el déficit del año 2012 en razón de que dicho aporte ya
estaba consignado en el presupuesto aprobado por el Congreso para este año,
mientras que el subsidio adicional eléctrico solo representa un 20% del enorme
déficit proyectado para este año y reconocido en su discurso por el Dr.
Fernández.
Una de las causas más importante
del déficit ya había sido reconocida por el ministro Temístocles Montás cuando en declaraciones recientes señaló que el gasto público se expandió en
más de un 2% del PIB porque el presidente Fernández “entendía” que debía
terminar sus obras, lo que representó un gasto, por encima de lo presupuestado,
entre 50 y 60 mil millones de pesos adicionales.
El déficit puede ser utilizado
como un instrumento de la política económica de cualquier país, pero siempre
debe obedecer a ciertas normas de carácter legal y constitucional, sin cuyo
cumplimiento sería ilegal. En Estados Unidos, por ejemplo, el año pasado el
presidente Obama estuvo a punto de cesar a 800,000 empleados federales y
paralizar las operaciones del gobierno
sencillamente porque la mayoría republicana en la Cámara de
Representantes no le había aprobado aumentar el déficit, y estaba consciente de
que gastar un solo centavo por encima del déficit autorizado comprometía su
responsabilidad política y penal.
Sin embargo, en nuestro país,
antes de que el Congreso aprobara el 13 de julio de este año la Ley de
Presupuesto Complementario, ya el gobierno, por instrucciones del Dr. Leonel Fernández, según lo declaró el
ministro Montás, había excedido ampliamente el déficit autorizado en la Ley de
Presupuesto General del Estado. La posterior aprobación del presupuesto
complementario no borra las violaciones ocurridas con anterioridad pues la
misma no contiene una amnistía al respecto.
Por otro lado, nos ha generado
una profunda decepción que el Procurador General de la República no cumplió con
su deber de realizar una profunda investigación sobre las causas que generaron
el déficit y entre las motivaciones para rechazar la denuncia interpuesta por
Alianza País, admitió sus sentimientos personales hacia el expresidente, los
que precisamente les impedían conocer y decidir la misma. La declaración del
Licenciado Francisco Domínguez Brito tampoco se refiere a los contenidos de
malversación y sobrevaluación de obras
que incluye la instancia, ni a la posible responsabilidad de los otros
funcionarios señalados, es decir el senador Félix Bautista y el ministro de
Obras Públicas, Víctor Díaz Rúa
El artículo 123 del Código Penal
sanciona con penas de prisión a los funcionarios públicos “que concierten o convengan entre sí la
ejecución de medidas y disposiciones contrarias a las leyes”, sin importar
cuáles sean estas leyes. Corresponde al ministerio público investigar si
existió esta coalición de funcionarios para violar la Constitución de la República,
cuyo artículo 236 establece que “ninguna
erogación de fondos públicos será válida, si no estuviera autorizada por la
ley”, o que obliga a que el gasto
público obedezca a criterios de transparencia, planificación, eficiencia,
prioridad y economía.
En los últimos años se han
aprobado leyes importantes que contienen disposiciones precisamente para evitar
lo que enfrentamos este año y corresponde a la Cámara de Cuentas, al Congreso
Nacional y al Ministerio Público investigar si han sido violadas la ley
Orgánica de Presupuesto, la de Dirección General de Contabilidad Gubernamental,
la del Sistema de Administración Financiera del Estado, la del Ministerio de
Hacienda, la del Ministerio de Economía, Planificación y Desarrollo, la de
Planificación de la Inversión Pública, la de Tesorería, la que instituye el
Sistema Nacional de Control Interno y de la Contraloría General de la
República, la de Crédito Público, entre otras.
La forma en que se gastó el
dinero público en los primeros ocho meses del presente año no puede ser
ocultada porque corresponderá al pueblo pagar
las consecuencias con sudor y lagrimas y los detalles terminarán por
salir tarde o temprano, comprometiendo la responsabilidad de los autores del
más grande desafuero económico de los últimos tiempos, y llenando de vergüenza
a los que no cumplieron con su obligación desde las posiciones que les tocó
desempeñar.
Participación Ciudadana lamenta
las muertes de las personas por miembros de la Policía Nacional y recuerda al Presidente Danilo Medina, que una de las funciones esenciales del Estado
es la protección efectiva de los derechos de las personas, por lo que debe
ofrecer el debido amparo y garantía para
el goce y disfrute de los derechos ciudadanos.
CONSEJO NACIONAL
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