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martes, 20 de septiembre de 2011

Julio Cury es resarcido por daños morales

Santo Domingo, RD.- La compañía responsable de la emisión de licencias de conducir de la Dirección General de Tránsito Terrestre de la Secretaría de Obras Públicas, convino en pagarle al abogado Julio Cury una indemnización por los perjuicios reputacionales que le ocasionó por haberlo sometido a la justicia…,
En la sentencia No. 067 del 10 de abril del 2011, de la Segunda Sala de Cámara Penal Corte de Apelación del Distrito nacional, se consigna que la empresa querellante llegó a un acuerdo transaccional con Cury para dejar “sin efecto ni valor jurídico la querella, constando asimismo en el párrafo 2 del artículo primero del indicado documento, y también en su artículo segundo, que el Sr. Rogelio Oruga Aguiar indemnizó económicamente a Cury por los hechos y acciones judiciales que originaron el proceso judicial”.
Asimismo, se lee en la página 17 de la sentencia que el conocido jurista renunció “a cualquier acción judicial, presente o futura, en contra de DeColor, S.A., en el entendido de que con el pago transaccional recibido quedaron cubiertas la totalidad de las pretensiones e indemnizaciones, presentes y futuras, relacionadas directa o indirectamente con el caso”.
La sentencia no especifica el monto pagado por la empresa querellante a Cury por los daños morales, pero establece que se hizo por acto auténtico separado levantado por la Notario Público, Lic. Amira Ramírez Méndez, y que con la suma pagada al Dr. Julio Cury “se le pone fin a todos y cada uno de los conflictos judiciales existentes y por existir”.
Según la decisión judicial, durante el juicio preliminar le fueron violados derechos y garantías fundamentales al jurista, y que el juzgado de instrucción, al dictar auto de apertura a juicio en su contra, violó los principios rectores del debido proceso, motivo por el que la Segunda Sala de la Cámara Penal de Corte de Apelación acogió el recurso de apelación presentado por Cury mediante Resolución No. 096-SS-2010, del 12 de febrero del 2010.
Esa misma corte de apelación había dictado también a favor del reputado jurista la Resolución No. 161-SS-2010, del 10 de marzo del 2010, que rechazó por improcedente un recurso de oposición presentado por la empresa querellante contra la decisión que acogió la apelación, la cual confirmó en todas sus partes.
Igualmente, la Suprema Corte de Justicia, según la resolución No. 1180, del 23 de abril del 2010, le declaró inadmisible a la empresa querellante el recurso de casación que interpuso, condenándola a la vez a pagarle a Cury las costas del proceso.

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